Newsletter Gustavo «Lacha» Lazzari – 22 de Diciembre de 2025

Gustavo Lacha Lazzari – En una carilla – 22 Diciembre 2025 #52 Analizamos el texto

1. Hay texto, no hay fecha

  1. A los pocos de días de haber ingresado el texto definitivo del Proyecto de Modernización Laboral en el Senado de la Nación fue pospuesto el tratamiento para el mes de Febrero de 2026.
  2. Lamentablemente la política y los acuerdos tienen tiempos incompatibles con los tiempos de las pymes y emprendedores. Es así. Poco para protestar.
  3. Algún día la política debería probarse el zapato de las pymes. Un rato, no más.

2. Vamos al proyecto

a. El proyecto tiene aspectos muy interesantes, algunos cuestionables, otros infactibles y otros realmente históricos.

b. Lo más relevante

  1. Apunta a las zonas grises generadoras de juicios laborales
    1. Define Salarios
    1. Define ámbito de aplicación. Por tanto, establece la diferencia entre colaborador (Proveedor de servicios y bienes) y empleado.
    1. Establece tope indemnizatorio para salarios altos (empresas grandes) conforme a jurisprudencia.
    1. Establece comisiones médicas para atenuar juicios por accidentes de Trabajo.
    1. Establece un tope al interés judicial de sentencias (hoy hay uno por juzgado – delirio-) en un “inflación más 3%”. No es bajo, debería ser sólo inflación (tal como es el reclamo de muchas pymes) pero es menos que el delirio actual.
    1. Trata (sólo trata, pues está más que opinado) que los jueces ajusten sus sentencias a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
    1. Reestablece la institución del “plus petition”. Tema no mejor, ojalá tome forma efectiva. Limitaría seriamente el delirio a la hora de fijar los montos de los reclamos pues la “parte sobre peticionada” implica que las costas van a la cuenta del demantante.
    1. Establece un acuerdo previo entre empleado y empleador para las cuotas solidarias.

c. Reconocimiento de la realidad

  1. Banco de Horas (no implica eliminación de horas extras)
    1. Fraccionamiento de vacaciones (Habría que mejorar la redacción)

d. Lo que falta (Propuestas concretas de mejora)

  1. No establece un tope indemnizatorio de 10 o 12 meses. Eso eliminaría definitivamente la industria del juicio. El principal motivador son las zonas grises tratadas en la ley y la impunidad para fijar montos delirantes que motivan a la parte actora y a los abogados al inicio de juicios. (“pedí mucho que a algo arrimamos”). La incertidumbre de “hasta donde puede llegar una sentencia” implica un pasivo contingente indeterminado. Eleva el riesgo del fin de una relación laboral, y por tanto, desincentiva el inicio de la misma. Por ello, el tope indemnizatorio es una institución pro empleo. Sería muy importante que esta espera hasta febrero permita discutir seriamente este punto y se incorpore el tope indemnizatorio para Pymes como sí esta tratado para las grandes empresas.
  1. No prohíbe explícitamente la práctica extorsiva conocida en el mundo laboral como “ley moyano”. Recordemos. Por “ley moyano” se entiende a la práctica no legislada, extorsiva, por la cual una empresa A que se vende a una empresa B, debe indemnizar a todo su personal el cual debe ser incorporado por la empresa B con reconocimiento de antigüedad. El hecho de tener que pagar indemnizaciones disminuye el valor presente de la empresa en venta y/o directamente inviabiliza la operación. En el caso de las pymes esta práctica es letal. Mucho más en un contexto de apertura y competencia donde el proceso de fusiones y adquisiciones se acelerará en muy poco tiempo.
  1. No aclara lo suficiente la voluntariedad de los trabajadores en el pago de las cuotas sindicales. Nuevamente en el caso de las pymes es un tema relevante, mucho más en algunos gremios donde el poder sindical es fuerte para imponer cuotas y aportes especiales a empleados y empresas

e. El tema más controversial (FAL)

i. Fondo de Asistencia Laboral

1. La idea es que las empresas vayan formando un fondo obligatorio a partir del aporte del 3% de la nómina de salarios a ser administrado por “administradoras” controladas por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El aporte de las empresas al FAL será descontado de los recursos que dichas empresas hacen al SUSS. El 931 queda igual. (en la ley)

2. En esencial el FAL intenta aliviar el pago de indemnizaciones lo cual supone

  1. Que sigue el sistema de indemnizaciones sin tope.
  2. Que se logre financiamiento para un sistema que debería ser cambiado con topes reales (por ejemplo 10 salarios)
  3. Que las empresas inmovilicen recursos para un solo fin.
  4. Que surja un negocio para administradoras a cambio de comisiones lo cual implica que en el problema de los juicios ahora aparece un nuevo jugador cuyo incentivo será que los montos inmovilizados sean cada vez mayores. No establece el proyecto como serán las comisiones de dichas administradoras. ¿podrá la empresa auto administrar el FAL sin necesidad de pagar comisiones? ¿será libre la determinación de dichos porcentajes?. Dichos temas serán determinados por al CNV en la reglamentación.
  5. La creación de un nuevo rubro de fondeo del mercado de capitales. La CNV determinará cuales son los activos que dichas administradoras podrán comprar. ¿Bonos públicos nacionales?

3. La experiencia indica que cada vez que se redujeron los aportes patronales al SUSS al poco tiempo, más temprano que tarde, son repuestos a su nivel original. No queda claro si una eventual reposición de dicho aporte significaría el fin del FAL o un aumento efectivo de los

impuestos laborales. En los noventa las “mejoras” en los aportes con motivo del uso de los tickets canasta, luego la baja de aportes de Cavallo con motivo del aumento del IVA del 18 al 21% y lo mismo más tarde con rebajas temporales en la época de Macri. Si bien es el momento de cambiar la historia de idas y vueltas, es razonable comprender las dudas del sector empresario al respecto.

f. En resumen

  1. El proyecto tiene más luces que sombras.
  2. No resuelve definitivamente la cuestión de los juicios laborales pero mejora la situación respecto al desastre actual.
  3. Es una reforma que hay que apoyar y bregar en este tiempo para sumar las propuestas de mejora necesarias.
  4. Mini auto encuesta
  5. ¿Es el proyecto ideal?. NO
  6. ¿Es perfectible? SI
  7. ¿Mejora respecto a la situación actual? Definitivamente Si
  8. ¿Hay que apoyarlo? Si

g. En materia impositiva el proyecto tiene iniciativas muy interesantes tales como

  1. Rebajas impositivas de impuestos internos
  2. Rebajas en impuesto a las ganancias
  3. Amortización acelerada de inversiones para Pymes (RIMI). Extraordinaria iniciativa. (La comentaremos en la próxima edición de la News “En Una Carilla”). Adelanto. Es muy importante y extraordinario.

h. Un parámetro a mirar. ¿Quién saldrá favorecido?

  1. ¿Los trabajadores porque van a tener más oportunidades?
  2. ¿Las empresas porque podrán trabajar con menos riesgo?
  3. ¿Los sindicatos porque pese a todo la reforma no sería profunda?
  4. ¿La industria del juicio porque pese a todo aún sigue con vida?
  5. Habrá que bregar y monitorear de acá a la sanción definitiva que las respuestas positivas sean i y ii. El sector privado no puede ser ajeno a este monitoreo.

3. Algunas consideraciones

  1. Cada empresa, cada sector, analiza el proyecto de “modernización laboral” desde su perspectiva. Para algunas sólo el título “reforma laboral” alcanza y sobra. Pero hay otras empresas a las cuales no alcanza siquiera “un buen texto” de dicha reforma. Necesita además de un buen texto, una buena reglamentación y una buena implementación. Otras además, necesitan velocidad.
  • Recordemos la reforma laboral es una de las reformas claves (junto a la impositiva). Recordemos además que son condiciones necesarias, no suficientes para blanquear la economía, para crecer y mejorar los indicadores sociales. Como tal, sigue siendo una de las leyes más importantes de la gestión. Es menester el serio y rápido tratamiento en el Congreso
  • Los jueces. Muchos de los nuevos instrumentos que se proponen deben pasar el filtro judicial. Los jueces deberían ser parte de la solución. Los juzgados laborales no pueden seguir siendo cementerios de pymes.

4. Resumen Rutero 2025

  1. 48.348 km en rutas argentinas
  2. 24.624 km en avión (embole)
  3. 72.862 km en todo el país
    1. 11 Provincias
    1. 72 pueblos y ciudades
    1. Visita a medios, instituciones, fábricas, campos, reuniones informativas y de trabajo. Enorme honor conocer el mundo productivo de la Argentina.
  4. Ojalá repitamos 2026. Es un gran esfuerzo, agotador, pero extremadamente gratificante. Gracias Totales

5. La agenda rutera retoma en Febrero 2026

6. Acompaño notas periodísticas

i. Infobae https://www.infobae.com/economia/2025/12/21/gustavo-lazzari-empresario-pyme-los-juicios-laborales-rara-vez-los-empiezan-los-empleados-son-fogoneados-desde-afuera/

ii. Vuelve El Lacha TV https://www.youtube.com/watch?v=dAqRXY0VwiA&t=64s

iii. Podcast por Spotify Economía en tu Idioma – Curso de Economía

7. “En Una Carilla” es una Newsletter pensada inicialmente para agradecer a quienes me han invitado y a compañeros de ruta que voy conociendo con los kilómetros recorridos. Para mí un honor. No obstante si molesta, sin enojo, te elimino de la lista. Y si conoces a alguien que le puede interesar, sólo dime y será incorporado. A noviembre de 2025 más de 750 personas

reciben EUC en forma directa por WP.

8. Feliz Navidad !! Gracias por la paciencia y la consideración. Las felicidades y los grandes años no sólo se desean, también se construyen. Sigamos con ese honorable esfuerzo. Vale la pena y nos sobra paño. Felicidades.

9. A disposición para dudas y aclaraciones. Muchas Gracias. Gustavo “Lacha” Lazzari.

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